Auto Supremo AS/0388/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0388/2020

Fecha: 09-Mar-2020

Asimismo, refirió que la Seguridad Social, fue reconocida por el Convenio Nº 102 de la OIT

Asimismo, refirió que la Seguridad Social, fue reconocida por el Convenio Nº 102 de la OIT de 1952 y también protegida por el Art. 25.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; que el derecho a la prestación de vejez es imprescriptible, y por lógica, que los aportes no pagados no deberían prescribir, toda vez que con la recuperación de dichos aportes se procede a pagar estas rentas de vejez