Auto Supremo AS/0388/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0388/2020

Fecha: 09-Mar-2020

En ese sentido, por aplicación de la Ley de Pensiones, se determinó como fecha límite

En ese sentido, por aplicación de la Ley de Pensiones, se determinó como fecha límite de aportes adeudados a este sistema susceptibles de recuperación, el 30 de abril de 1997, que es el momento donde inició el cómputo de los quince años para que se opere la prescripción, lo que en el caso específico ocurrió, puesto que lo adeudado por aportes corresponde a los periodos comprendidos desde el 1987 hasta abril de 1997, tanto del Régimen Básico como Complementario; por lo que se encontraba dentro del plazo al haberse interrumpido con las fiscalizaciones de 2009, y cuyo límite era el 2012