Auto Supremo AS/0264/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0264/2020

Fecha: 06-Jul-2020

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2. Resolución de primera instancia que fue apelada por Jaime Careaga Tapia y Bacilia Martínez Balderrama de Careaga, mediante el escrito cursante de fs. 1126 a 1130 vta., a cuyo efecto mediante el Auto de Vista N° 158/2019 de 11 de diciembre de fs. 1201 a 1215, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, se CONFIRMÓ la Sentencia bajo los siguientes fundamentos:
a) Acusó valoración errónea de la prueba, toda vez que el juez A quo avaló contratos de anticrético ilegales e ilícitos que no cumplen los requisitos exigidos en la formación del contrato, siendo contrario al orden público y las buenas costumbres; como si hubiese demandado nulidad o anulabilidad de dichos documentos, evidenciándose falta de técnica recursiva, ausencia de fundamentación jurídica, expresando agravios que no guardan nexo lógico con el objeto de la demanda y su pretensión, además de sustentar su recurso con el Auto Supremo N° 112/2016, referente a la falsificación de documentos, que no se equipara al caso en concreto, siendo impertinente señalarla como agravio, cuando su demanda versó sobre usucapión treintañal, no nulidad, sin considerar que ya fue declarado nulas en virtud a la demanda reconvencional