En tal razón, existiendo en la norma adjetiva de la materia, una disposición expresa sobre
En tal razón, existiendo en la norma adjetiva de la materia, una disposición expresa sobre la valoración probatoria, no es necesario recurrir al adjetivo civil como norma supletoria; el art. 158 del CPT, dispone y prevé los lineamientos para la valoración de la prueba para los procesos laborales, siendo esta norma la que debe aplicarse y se aplicó en la valoración de la prueba en el presente proceso; por ello, no pudo haberse vulnerado una norma procesal no aplicable a la materia
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, el representante de la empresa unipersonal “Seguridad DECURION”, por medio
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- Contra el indicado Auto de Vista, Edgar Saúl López Solíz Olivera propietario de la empresa
- Contrario a ello, el Tribunal de apelación, sostiene que no existe prueba que demuestre que
- Petitorio
- Contestación
- Dispuesto el traslado del recurso de casación, mediante Decreto de 8 de noviembre de 2019
- Admisión del recurso de casación
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La inversión de la prueba, presunción de favorabilidad y condición más beneficiosa
- En razón a esto, el demandado tiene la obligación de desacreditar con la prueba que
- Esto, no implica una desigualdad procesal en la producción y valoración probatoria; al respecto la
- La apreciación y valoración de la prueba es la facultad privativa de los juzgadores de
- Al respecto, el tratadista Pastor Ortiz Mattos, en “El Recurso de Casación en Bolivia”, sobre
- Análisis del caso concreto
- En cuanto al error de derecho en la valoración de la prueba; considera la empresa
- En tal sentido, se tiene que el art
- En tal razón, existiendo en la norma adjetiva de la materia, una disposición expresa sobre
- Respecto al error de hecho en la valoración de la prueba; considera la empresa demandada,
- De la revisión de los antecedentes del proceso, y la prueba aludida se verifica que;
- Además, debe tenerse presente que, cuando se efectúa la valoración de la prueba en la
- Regístrese, comuníquese y cúmplase. -
