Auto Supremo AS/0280/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0280/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Regístrese, comuníquese y cúmplase. -

En mérito a lo expuesto, encontrándose infundados los motivos traídos en casación por la empresa unipersonal demandada, corresponde dar cumplimiento al art. 220-II del CPC-2013, aplicable en la materia por expresa determinación del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Edgar Saúl López Solíz representante legal de la empresa unipersonal “Seguridad DECURION”, a través de su apoderado Fernando Quiroz Quilo, de fs. 149 a 152; en consecuencia se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 189/2019 de 11 de septiembre, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, de fs. 149 a 152; con costas.
No se regula honorario profesional, por no haberse contestado al recurso.
Regístrese, comuníquese y cúmplase. -