Auto Supremo AS/0282/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0282/2020

Fecha: 27-Jul-2020

Este Tribunal Supremo de Justicia, cuando se determinó la aplicación anticipada del Código Procesal Civil,

Este Tribunal Supremo de Justicia, cuando se determinó la aplicación anticipada del Código Procesal Civil, Ley Nº 439, emitió la Circular 050/2013 de 10 de diciembre, en la que instruyó a los Tribunales Departamentales de Justicia, Jueces y operadores de apoyo jurisdiccional, que el cómputo de los plazos procesales, se inician a partir del día hábil siguiente, vencen el último momento hábil del día y que el cálculo de los plazos que exceden los 15 días se computarán los días hábiles e inhábiles; mientras que, aquellos plazos menores a 15 días sólo se deben computar los días hábiles (lunes a viernes), pues se consideran días hábiles aquellos en los cuales funcionan los Juzgados y Tribunales del Estado, estableciéndose además que, son horas hábiles las correspondientes al horario de funcionamiento de las oficinas judiciales; Circular que se emitió interpretando las previsiones de los arts. 90 del CPC-2013 y 123 de la LOJ, que se aplican a los procesos laborales por la permisión contenida en el art. 252 del CPT