Auto Supremo AS/0283/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0283/2020

Fecha: 09-Jul-2020

De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los arts

De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los arts. 35.I y 45.II y IV de la CPE, debe recordarse que los derechos sociales son irrenunciables, siendo obligación del estado, defender al capital humano, protegiendo la salud de la población, asegurando la continuidad de sus medios de subsistencia, rehabilitación y mejorando las condiciones de vida del grupo familiar, cuyos regímenes de seguridad social, se inspiran en los principios de universalidad, solidaridad, unidad de gestión económica, oportunidad y eficacia