I.1.1 Resolución del Fondo de Pensiones Básicas
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 283/2020
Sucre, 9 de julio de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-OR. 26/2020
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 195 a 198, interpuesto por Franthi Germán Suxo Gutiérrez e Ivonne Jacqueline Antezana Salazar, en representación del SENASIR, contra el Auto de Vista Nº 259/2019 de 27 de noviembre, cursante de fs. 184 a 188, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del recurso de reclamación instaurado por Justina Mamani Delgado, contra el SENASIR, la respuesta de fs. 202, el Auto de fs. 203 que concedió el recurso, el Auto N° 26/2020-A de 30 de enero de fs. 210 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1.Antecedentes del proceso
I.1.1 Resolución del Fondo de Pensiones Básicas
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 283/2020
Sucre, 9 de julio de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-OR. 26/2020
Distrito: Oruro
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 195 a 198, interpuesto por Franthi Germán Suxo Gutiérrez e Ivonne Jacqueline Antezana Salazar, en representación del SENASIR, contra el Auto de Vista Nº 259/2019 de 27 de noviembre, cursante de fs. 184 a 188, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contencioso Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del recurso de reclamación instaurado por Justina Mamani Delgado, contra el SENASIR, la respuesta de fs. 202, el Auto de fs. 203 que concedió el recurso, el Auto N° 26/2020-A de 30 de enero de fs. 210 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1.Antecedentes del proceso
I.1.1 Resolución del Fondo de Pensiones Básicas
- I.1.1 Resolución del Fondo de Pensiones Básicas
- Que, dentro del presente trámite, la citada comisión, mediante Resolución N° 004704 de 5
- Que, la Comisión de calificación de rentas del SENASIR, mediante Resolución N° 00001689 de
- Ante esta situación, la solicitante interpuso recurso de reclamación de fs
- I.1.2 Auto de Vista
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Citando lo previsto en el art
- De forma posterior y en base al Informe de la Comisión Revisora de Rentas en
- Sostiene que de acuerdo al art
- Sostuvo que se debe considerar que la Comisión de Reclamación, con la facultad revisora que
- Que el art
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido y
- CONSIDERANDO II
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- En el caso de análisis, se visualiza que los representantes del ente gestor, no están
- Al respecto, de la revisión de vista impugnada de casación, se advierte que no se
- Que así planteada la problemática, de antecedentes procesales se evidencia que presentada la solicitud de
- Al respecto, el art
- Normativa que dio mayor facilidad para que los beneficiarios pudieran acceder al beneficio de las
- Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se evidencia que la asegurada, a
- Esta análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento ya la certeza de
- A lo señalado y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
- Bajo estos antecedentes, se evidencia que el tribunal de alzada, fundamentó y basó su fallo
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los arts
- Que en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costasen aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
