En el caso presente, si bien no hubo una afirmación en la intervención del demandado,
Por su parte, el principio de inversión de la carga de la prueba, establece que es al empleador a quien corresponde desvirtuar o enervar las afirmaciones o pretensiones del trabajador.
En el caso presente, si bien no hubo una afirmación en la intervención del demandado, pero tampoco se produjo una negación expresa, sino una respuesta evasiva frente a la situación planteada, generando ese hecho, duda que favorece al trabajador; además, esa condición de duda, no significó la aportación de prueba, ni desvirtuó la pretensión del trabajador, por lo que la interpretación del hecho por el tribunal de alzada al emitir el auto de vista ahora impugnado, fue correcta
En el caso presente, si bien no hubo una afirmación en la intervención del demandado, pero tampoco se produjo una negación expresa, sino una respuesta evasiva frente a la situación planteada, generando ese hecho, duda que favorece al trabajador; además, esa condición de duda, no significó la aportación de prueba, ni desvirtuó la pretensión del trabajador, por lo que la interpretación del hecho por el tribunal de alzada al emitir el auto de vista ahora impugnado, fue correcta
- I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia
- Dispuso que en consecuencia, la empresa demandada, a través de su representante legal, deberá hacer
- I.2. Auto de Vista
- En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 4/2020 de 13 de enero (fojas
- I.3 Motivos del recurso de casación
- Que, contra el referido auto de vista, Ferdy Auza Raya, en representación de Jorge Mario
- En su petitorio, solicitó a este Supremo Tribunal de Justicia, que en virtud del recurso
- II.1.1. Consideraciones previas
- Que así expuestos los argumentos del recurso de casación en parte de fojas 230 y
- Antes de ingresar a la consideración de los elementos del recurso, es importante precisar que
- II
- En virtud de los antecedentes señalados, corresponde tomar en cuenta que en materia laboral y
- El principio de protección se aplica en su sub regla, in dubio pro operario; es
- En el caso presente, si bien no hubo una afirmación en la intervención del demandado,
- La divisibilidad de la prueba, significa que en materia laboral, es posible tomar en cuenta
- En cuanto al supuesto que no se analizó ni revisó la confesión provocada al demandante
- Otro elemento importante en el presente caso y que denota la falta de pericia procesal
- Que, en el marco legal descrito, el tribunal de alzada no incurrió en trasgresión, violación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Supremo Tribunal de
- Con costas
- Se regula el honorario del profesional abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
