Auto Supremo AS/0285/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0285/2020

Fecha: 09-Jul-2020

La divisibilidad de la prueba, significa que en materia laboral, es posible tomar en cuenta

Respecto de la aplicación del artículo 167 del Código Procesal del Trabajo, norma que según el demandado no puede ser aplicada si no existió confesión de su parte, se reitera que el principio de inversión de la carga de la prueba, obliga al empleador a desvirtuar la pretensión del trabajador, de acuerdo con lo que disponen el inciso h) del artículo 3 y los artículos 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, por lo que esa afirmación carece de veracidad.
Por otra parte, el artículo 167 del Código Procesal del Trabajo, establece: “La confesión en materia laboral es expresa y divisible y el hecho admitido en ella no requiere más pruebas.”
La divisibilidad de la prueba, significa que en materia laboral, es posible tomar en cuenta parte de la prueba, en el sentido que beneficia al trabajador; es decir, que puede valorarse solo en lo favorable al que la propone y no así al deferido, constituyendo una razón por la que el tribunal de alzada, actuó correctamente