Auto Supremo AS/0294/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2020

Fecha: 09-Jul-2020

Conforme a la amplia cita de disposiciones legales, cada una de ellas derogadas por su

Conforme a la amplia cita de disposiciones legales, cada una de ellas derogadas por su similar de fechas posteriores, para la resolución de la petición de la entidad recurrente, cobra vital importancia el art. 4 del DS N° 25809 de 8 de junio de 2000 plenamente vigente, que señala: “ Los aportes no pagados y/o no cobrados, por periodos superiores a los quince (15) años prescriben, determinando como fecha límite de aportes el 30 de abril de 1997 (fecha de corte del Sistema Residual de Reparto de la Seguridad Social de largo plazo). El término de la prescripción se interrumpe por una demanda coactiva o cualquier acto que sirva para constituir en mora al deudor”. (Negrillas y subrayado son añadidas).  De la cita glosada se evidencian dos extremos a saber: a) Los aportes por periodos superiores a 15 años prescriben, b) La prescripción es interrumpida por una demanda coactiva o cualquier otro acto de notificación al deudor