Auto Supremo AS/0308/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2020

Fecha: 27-Jul-2020

POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de

En mérito a lo expuesto, encontrándose infundados los motivos traídos en casación por la entidad demandada, corresponde dar cumplimiento al art. 220-II del CPC-2013, aplicable en la materia por expresa determinación del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación, interpuesto por el SEDCAM Pando, representado por Erik David Mollinedo Romero, a través de Ángel Boris Salvatierra Justiniano, de fs. 67 a 68; en consecuencia se mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 269/19 de 26 de septiembre de 2019, emitido por la Sala Civil, Familia, Niño y Adolescente, Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, a fs. 63