Auto Supremo AS/0312/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0312/2020

Fecha: 14-Jul-2020

De igual manera nuestra Norma Suprema, sobre el carácter proteccionista que tiene las normas laborales

De igual manera nuestra Norma Suprema, sobre el carácter proteccionista que tiene las normas laborales en favor de las y los trabajadores, así como de la estabilidad laboral, al instituir en el art. 48.II, señala: “Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador”. Por su parte, el art. 49.III de la misma Norma Fundamental, señala: “El Estado protegerá la estabilidad laboral. Se prohíbe el despido injustificado y toda forma de acoso laboral. La ley determinará las sanciones correspondientes”