Auto Supremo AS/0381/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0381/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de


Mediante Auto Supremo 197/2020-RA de 18 de febrero de 2020, cursante de fs. 725 a 727, este Tribunal admitió el recurso de casación formulado por Mario Campos Cordero, para el análisis de fondo del motivo identificado precedentemente.

II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de análisis del recurso, se establece lo siguiente:

II.1. De la Sentencia.

Por Sentencia 36/2018 de 5 de julio, el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Mario Campos Cordero, autor de la comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del CP, imponiendo la pena de quince años de presidio, en base a los siguientes argumentos:

Con base a los hechos probados se estableció que Mario Campos Cordero es autor de la comisión del delito de Abuso Sexual con Agravante, previsto y sancionado por el art. 312 con relación al 310 inc. g) del CP, siendo que se demostró que tenía plena comprensión que su accionar de realizar contacto de sus genitales con los de la víctima menor y el de querer introducir su miembro viril para satisfacer sus deseos sexuales en perjuicio y daño directo hacia el menor de 11 años, resultaba antijurídica, sin que exista ningún impedimento de esa compresión de antijuridicidad, ni mucho menos se hubiera demostrado en juicio ningún aspecto de incapacidad; por el contrario, se hubiera evidenciado en juicio su capacidad física y emocional