Auto Supremo AS/0381/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0381/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

El Auto de Vista 19/2019 de 10 de mayo, dictado por la Sala Penal Primera


El Auto de Vista 19/2019 de 10 de mayo, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró procedente en parte y revocó en parte la Sentencia, con base a los siguientes aspectos:
Respecto del defecto comprendido en el art. 370 inc. 5) del CPP, señala que dicha norma establece dos supuestos referidos a la fundamentación de la Sentencia como defecto de ésta, siendo esos supuestos: a) Que la Sentencia no tenga fundamentación; y b) La fundamentación contenida en la Sentencia sea contradictoria o sea insuficiente. Estos aspectos implicaría que no se puede señalar de manera diferente que la Sentencia incurre en el defecto contenido en el inc. 5) del art. 370 del CPP, ya que los supuestos que contiene dicho numeral son excluyentes y no concurrentes ya que como se señaló, si se expresa como agravio que la Sentencia carece de fundamentación, lógicamente implica que no se observa que la fundamentación es suficiente o contradictoria, puesto que se denuncia que la Sentencia no contiene fundamentación en absoluto; por el contrario, si se señala como agravio que la fundamentación es insuficiente o contradictoria, ello implica que la Sentencia contiene una fundamentación, sólo que dicha fundamentación es defectuosa por no ser suficiente o por ser contradictoria, aspecto que no sucede en el presente motivo; empero, en aplicación del principio pro actione, se considera el agravio mencionado a efectos de contrastarlo con el Auto de Vista y corroborar o desestimar lo denunciado