Auto Supremo AS/0396/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0396/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Fundamentos del Auto de Vista que no incurre en falta de fundamentación como alega la

Fundamentos del Auto de Vista que no incurre en falta de fundamentación como alega la recurrente; puesto que, el Tribunal de alzada primeramente abrió su competencia, seguidamente cumplió con la obligación que tiene de identificar el agravio planteado; posteriormente, en correspondencia a lo planteado ingresó al análisis de la problemática, precisando que el Tribunal inferior realizó una correcta fundamentación y valoración conforme lo establecen los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP, por lo que, concluyó que con relación al quantum de la pena, el Tribunal inferior realizó una correcta fundamentación y valoración de las circunstancias y los hechos en que cometieron los delitos, conforme se tenía de fs. 1265 a 1266 de la Sentencia, argumentos por los que desestimó el reclamo, que no denotan falta de fundamentación que justifique la nulidad del Auto de Vista impugnado, como pretende la recurrente; toda vez, que el Tribunal de alzada cumplió con los parámetros de especificidad, claridad, completitud, logicidad y legalidad a tiempo de responder al planteamiento de la recurrente, ello en correspondencia a lo solicitado, pues corresponde aclarar, que respecto al incumplimiento de los arts. 37, 39 y 40 del CP, que reclama la recurrente, de la revisión del recurso de apelación restringida conforme se tiene de antecedentes, los referidos artículos no fueron cuestionados; entonces, resultaría ilógico, exigir pronunciamiento fundamentado al Tribunal de alzada, sobre aspectos que dicho Tribunal no tuvo oportunidad de conocer, lo que evidencia, que no se vulneró derechos ni garantías constitucionales; por cuanto, la inobservancia de los artículos reclamados por la recurrente recién los trae a casación, cuando dicho reclamo debió efectuarlo en la interposición de su recurso de apelación restringida, lo que no ocurrió