En el caso objeto de examen, la parte demandada no está de acuerdo con el
En el caso objeto de examen, la parte demandada no está de acuerdo con el fallo del tribunal de segunda instancia, por haber confirmado en parte la Sentencia Nº 188/2017 de 6 de octubre, que declaró probada la demanda de fs. 18 a 20 y subsanada a fs. 25 de obrados, modificando la liquidación, disponiendo el pago de la suma de Bs. 56.706,32 por los conceptos descritos en la parte resolutiva del fallo del tribunal de alzada, manifestando que no corresponde el pago del desahucio, toda vez que el trabajador hizo abandono de trabajo, afirmando que este hecho fue probado con la denuncia realizada ante el Ministerio de Trabajo y por las declaraciones de los testigos de descargo presentados por el demandado, pruebas que no fueron valorados ni por el juez de primera instancia como también por el tribunal de alzada
- I. 1. Antecedentes del proceso
- Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social 1°
- En los antecedentes del proceso se puede verificar que el demandante hizo abandono de trabajo,
- Asimismo, a fs
- IV.1. - Fundamentos jurídicos del fallo
- En el caso objeto de examen, la parte demandada no está de acuerdo con el
- De lo reseñado se advierte que dentro del proceso laboral, el juzgador posee plena libertad
- En tal rumbo la jurisprudencia de este Tribunal, a través de su Sala Social y
- En base a lo anotado, corresponde ingresar a considerar la acusación de errónea y defectuosa
- Dentro lo anotado y en relación al fundamento expuesto, corresponde tener presente que la desestimación
- El art
- Con costas
- Se regula honorarios profesionales en Bs. 1.000
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
