Auto Supremo AS/0389/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0389/2020

Fecha: 03-Ago-2020

En el caso de autos, la recurrente alega que se ha lesionado su derecho al

Toda vez que se acusa que el Tribunal de alzada, al emitir el Auto de Vista N° 02/2020, que confirmó la Sentencia de 2 de julio de 2014, de fs. 239 a 245; realizó una incorrecta valoración de la prueba e interpretación de la Ley, por cuanto la recurrente señala que correspondía la reincorporación a su puesto de trabajo conforme dispone los arts. 48-II de la CPE, 2 del DL N° 16187, 4 del DS N° 28699; al respecto, corresponde resolver conforme los siguientes argumentos:
En el caso de autos, la recurrente alega que se ha lesionado su derecho al trabajo, por considerarse una trabajadora indefinida; como consecuencia de la suscripción de dos contratos, en tareas propias y permanentes de la empresa demandada, habiendo la empresa no procedido a su recontratación al vencimiento de su segundo contrato de trabajo a plazo fijo que suscribió con dicha empresa, no obstante que el trabajo que desempeñaba era propio y permanente de SETAR