Auto Supremo AS/0467/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0467/2020-RRC

Fecha: 17-Sep-2020

Consiguientemente, la falta de pronunciamiento y fundamentación en el Auto de Vista, no se constituyen


En virtud al entendimiento expuesto en el punto III.1. de esta resolución, que establece los alcances del derecho a la impugnación, se advierte que la denuncia efectuada por el recurrente en relación a que el Tribunal de alzada hubiese vulnerado su derecho a recurrir, por no haber considerado algunos de los agravios expuestos en su recurso de apelación restringida e incurrir en falta de fundamentación y motivación al resolver otros, no resulta evidente, toda vez que el derecho a la impugnación del acusado se ve materializado en la prerrogativa que le asiste en el proceso de interponer los recursos de apelación y casación, a objeto de impugnar la Sentencia y Auto de Vista, respectivamente, habiendo hecho uso el acusado de ambos recursos de forma irrestricta, esto es, sin que en ningún momento se le hubiese negado la posibilidad de acceder a ellos o se hubiese dispuesto su rechazo infundadamente.

Consiguientemente, la falta de pronunciamiento y fundamentación en el Auto de Vista, no se constituyen en argumentos válidos que fundamenten la vulneración al derecho a la impugnación, sino que por el contrario acreditan que el recurso de apelación restringida interpuesto por el acusado fue tramitado y resuelto oportunamente por el Tribunal de alzada, situación que refleja el ejercicio efectivo de su derecho a la impugnación, deviniendo en consecuencia en infundada la denuncia de su vulneración, efectuada en cada uno de los motivos del recurso de casación