Auto Supremo AS/0467/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0467/2020-RRC

Fecha: 17-Sep-2020

En relación a la consideración de la primera denuncia del segundo motivo del recurso de


En consecuencia, al incurrir el Auto de Vista impugnado en incongruencia omisiva, por no existir correspondencia entre los aspectos reclamados y los resueltos por la instancia de alzada, desconociéndose de forma injustificada los argumentos del apelante y omitiendo deliberadamente pronunciarse sobre ellos, se constituye en una resolución de hecho y no de derecho, toda vez que se asume la determinación de declarar improcedente el recurso de apelación restringida sin exponer los fundamentos jurídicos que respaldan tal decisión, afectando con esto el derecho del recurrente a conocer los motivos bajo los cuales se desestiman sus pretensiones y en consecuencia la posibilidad de asumir defensa a través de los medios legales pertinentes.

III.4.3 De la falta de fundamentación en el análisis del segundo motivo de apelación.

En relación a la consideración de la primera denuncia del segundo motivo del recurso de apelación restringida por el Tribunal de alzada, se advierte que, inicialmente en el primer considerando del Auto de Vista impugnado, se identificó correctamente el agravio expuesto por el apelante, referido a la falta de pronunciamiento en sentencia sobre quince de los veintiún preceptos legales que fueron acusados como vulnerados por el Ministerio Público