Auto Supremo AS/0480/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0480/2020

Fecha: 25-Sep-2020

En conocimiento del señalado Auto de Vista, la corporación demandada, a través de Katherine Silvia

II. ARGUMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACION Y ADMISION:
Recurso de casación de la COMIBOL.
En conocimiento del señalado Auto de Vista, la corporación demandada, a través de Katherine Silvia Garnica Rivas, apoderada del Presidente Ejecutivo Zelmar Andia Valverde, formuló recurso de casación de fs. 230 a 232, señalando lo siguiente:
El Tribunal de alzada, al efectuar la liquidación de beneficios sociales que corresponden al actor, estableció el monto de Bs.13.575,08.- por concepto de multa del 30%, realizada la sumatoria, dispuso que el monto resultante sea actualizado en ejecución de fallos; aspecto que no sería correcto, tomando en cuenta que la multa no puede ser sujeta de actualización, caso contrario se incurriría en la imposición de una doble sanción; como se determinó en los Autos Supremo Nros. 422 de 5 de noviembre de 2012, 436 de 15 de noviembre de 2012, 458 de 19 de noviembre de 2012, 120 de 25 de marzo de 2013 y 240 de 13 de mayo de 2013 (no se indicó que Sala los emitieron), que señalaron que, la actualización y multa prevista en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, debe ser calculado sobre el total de los benéficos sociales y derechos laborales adquiridos, más no, sobre la multa, porque implicaría doble sanción.
Petitorio.
Solicitó se case se “revoque” o case en parte el Auto de Vista recurrido; y se disponga que no corresponde la actualización del monto emergente de la multa del 30%, para no incurrir en doble sanción