Auto Supremo AS/0037/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0037/2021

Fecha: 25-Ene-2021

6.

6. Señalan que la presente deuda, no emerge de una responsabilidad civil u otra en favor del Estado, sino de una relación eminentemente privada, lo que significa que el supuesto establecido en el art. 324 del CPE y la Ley N° 1178, no se cumple, pues no se causó ningún daño económico al Estado, lo que simplemente ocurrió es que se produjo la liquidación del Banco Boliviano Americano y los créditos pasaron a otra entidad bancaria.