Auto Supremo AS/0037/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0037/2021

Fecha: 25-Ene-2021

ANTECEDENTES DEL PROCESO

El Juez Público Civil y Comercial Nº 25 del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 223/2019 de 28 de mayo, cursante de fs. 269 a 271 vta., por la que declaró PROBADA la demanda de fs. 108 a 110, subsanada a fs. 113, incoada por la representación del Banco Central de Bolivia.

Resolución de primera instancia que fue apelada por Hernán Adolfo Viscarra Valcarcel, Marysol Liliana Lujan de Viscarra y María del Rosario Candelaria Salinas Valcarcel, a través de los escritos que cursan de fs. 272 a 274 vta. y 285 a 290, a cuyo efecto la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante el Auto de Vista Nº S-223/2020 de 26 de junio, cursante de fs. 303 a 306 vta., CONFIRMÓ la Resolución Nº 221/2019 de 24 de mayo y la Sentencia Nº 223/2019 de 28 de mayo, argumentando que los demandados, a tiempo de asumir defensa, no han procedido a observar u objetar la prueba ofrecida por la parte demandante, consistente en el Testimonio de fs. 49 a 95, que corresponde a la Escritura Pública Nº 383/2002, la notificación efectuada a fs. 106, ni el contrato de fs. 96 a 98, en cuya consecuencia, el juez procedió a la valoración de los mismos con prudente criterio, dentro los márgenes dispuestos por los arts. 1286 y 1289 del Código Civil.