VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Carlos Alberto Bedoya Medina, de fs. 643 a 648 vta., contra el Auto de Vista Nº 045/2021 de 27 de mayo, de fs. 640 a 641 vta., pronunciado por la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa, Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso Social de Reliquidación de Pago de Beneficios Sociales, seguido por el recurrente, contra la Fundación para el Desarrollo Empresarial “FUNDEMPRESA”, la respuesta de fs. 651 a 661 vta., el Auto de 03 de agosto de 2021 de fs. 662 que concede el referido medio de impugnación, el Auto Supremo N° 502/2021-A de 30 de agosto de fs. 670 y vta., que declara su admisión, los antecedentes del proceso, y;
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 655/2021
- Sucre, 10 de noviembre de 2021
- Expediente: SC-CA.SAII- LPZ. 502/2021
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I.
- I.1 Antecedentes del proceso.
- TOTAL A CANCELAR: Bs.7.036,19.-
- SON: SIETE MIL TREINTA Y SEIS 19/100 BOLIVIANOS
- I.2 Auto de Vista
- REVOCA
- I.3 Motivos del recurso de casación.
- En el fondo
- 1.
- 2.
- 3.
- 4 y 6.
- 5.
- 7 y 8.
- 9.
- II.2. Petitorio.
- II.3. Contestación al recurso de casación
- CONSIDERANDO II:
- II.1 Fundamentos Jurídicos del Fallo.
- II.1.1. Consideraciones previas.
- II.1.1.1.
- 1.2. Argumentos de derecho y de hecho.
- En relación a que la parte recurrente cuestionó el fallo del Tribunal de Segunda Instancia, al no haber reconocido a su favor el pago de horas extras, debemos partir de lo reglado por el art. 46 de la LGT, que establece la jornada máxima de 8 horas de trabajo diario y de 48 horas semanales, con excepción de aquellos empleados u obreros que ocupen puestos de dirección, vigilancia o confianza, o que trabajen discontinuamente, o que realicen labores que por su naturaleza no puedan someterse a jornadas de trabajo, casos en los que es posible el trabajo continuado de hasta doce horas diarias, con el derecho al descanso de una hora dentro del día.
- multa del 30%
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
