Auto Supremo AS/0881/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0881/2021

Fecha: 04-Oct-2021

FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

Corresponde señalar que la acción planteada describe como elemento fáctico para la postulación de la acción de anulabilidad de contrato, el argumento de que el actor fue propietario de un lote de terreno y sus construcciones ubicado en la zona de Chasquipampa Alto Calacoto Nº 342 de la ciudad de La Paz, la cual tiene una superficie de 209 m2, que fue transferido en favor de Elizabeth Paula Callisaya Choque y su esposo, al cual accedió firmando la minuta y protocolo el 22 de octubre de 2012, en la que se hizo figurar como precio del pago la suma de Bs.120.000, lo cual es falso, puesto que no recibió ningún dinero, pues lo engañaron con la promesa de que pagarían, pero no lo hicieron, sobre esa base fáctica plantea su demanda de anulabilidad fundada en los inc. 1), 4) y 5) del art. 554 del Código Civil.

La resolución de primera instancia declaró improbada la demanda, la misma que fue recurrida en apelación por el demandante que mereció decisión confirmatoria por el Ad quem, consiguientemente se pasa a resolver los agravios planteados en el recurso casatorio.