Auto Supremo AS/0926/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0926/2021

Fecha: 18-Oct-2021

f.

f. En relación al séptimo reclamo de casación, los recurrentes señalaron que se desconoció el principio de publicidad, ya que no existió la difusión de la actividad procesal, tampoco se otorgó el valor correspondiente a las pruebas de la parte contraria y que la jurisprudencia en la sentencia no cumple con el principio de analogía.

Al respecto, como se dijo anteriormente las actividades desarrolladas en el proceso fueron notificadas oportunamente a las partes en secretaría del juzgado que tramitó la causa, asimismo, los recurrentes no señalan a que prueba no se le otorgó el valor correspondiente ni señalan que jurisprudencia en la sentencia no cumplió con el principio de analogía, de modo que este reclamo solo constituye una mera disconformidad con lo asumido en la resolución, situación que como se advirtió a lo largo del proceso solo evidencia la inoperatividad en el ejercicio oportuno de los medios defensa establecidos en el proceso civil.

Por todas esas consideraciones, al no encontrar sustento en lo expuesto como argumentos del recurso de casación, corresponde resolver en la forma prevista por el art. 220.II del Código Procesal Civil.