Auto Supremo AS/0646/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0646/2021

Fecha: 08-Nov-2021

REVOCÓ EN PARTE

En apelación interpuesta por los demandantes de fs. 406 a 414, habiéndose contestado a fs. 417 a 419 la Sala Social, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cumpliendo la nulidad determinada por Auto Supremo N° 284 de 27 de julio de 2020 de fs. 480 a 486 mediante Auto de Vista Nº 106 de 27 de noviembre de 2020, de fs. 501 a 511, REVOCÓ EN PARTE la Sentencia apelada, sin costas, en virtud por el cual se mantiene firme el sueldo promedio y el cargo o puesto de trabajo de cada demandante establecido en la Sentencia. Declarando en el fondo PROBADA en todas sus partes la demanda, determinando que la relación laboral constituida entre la UAGRM y los demandantes es a término indefinido por lo que al momento del despido gozaban del derecho a la estabilidad laboral, en virtud a ello ordenó a la entidad demandada proceda a la reincorporación laboral de Gustavo Montaño Salvatierra, Luis Edgar Gonzales Melgar, Saymon Morón Olivar, Raymundo Méndez Rojas, Ervin Gonzales Lijeron y Armando Sánchez Ruíz a sus puestos de trabajo que cumplían a momento del despido, ordenándose también el pago de los sueldos y demás derechos devengados a los demandantes desde la fecha de despido hasta su efectiva reincorporación en aplicación del art. 10-III del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, modificado por el DS Nº 0495 de 1 de mayo de 2010.