Auto Supremo AS/0718/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0718/2021

Fecha: 01-Dic-2021

1.- Vulneración de los arts. 115 y 117 de la Constitución Política del Estado por transgresión al debido proceso.

Sobre la fundamentación y congruencia de las resoluciones judiciales como elemento del debido proceso.

Observó que, el Auto de Vista recurrido por error o por desconocimiento transcribió erróneamente el texto de los arts. 114 y 116 de la CPE, cuando las disposiciones contenidas en los arts. 115 y 117 son otras, por lo que el recurrente no tiene certeza de que la resolución y valoración jurídica de la impugnación fue resuelta conforme a derecho y de acuerdo a las disposiciones legales pertinentes, no habiendo coherencia ni congruencia en la Resolución recurrida, sustentándola en normas que jamás fueron acusadas de ser vulneradas.

Afirmó que la falta de fundamentación y motivación provocaron un estado de indefensión y vulneración al debido proceso, generándoles inseguridad jurídica.

Sobre la errónea apreciación y violación a derecho al debido proceso.

Señaló que la Resolución recurrida, no estableció con claridad a que hechos se refirió el Juez de instancia al indicar “fundamentos del punto 1 y 2 de los hechos probados”, pues lo que realizaron los vocales, fue una apreciación subjetiva del contenido de la Sentencia, infiriendo significados que podrían no corresponder, evidenciándose que no se conoce con certeza los hechos a los que el Juez a Quo hizo referencia para sustentar su determinación.

Por lo que, este agravio permaneció vigente e insoslayable pese al intento de los Vocales de otorgarle un sentido que podría no corresponder.

En consecuencia, se lesionó el debido proceso de COBRA en su vertiente de congruencia en la resolución.