IMPROBADA
1.- IMPROBADA la demanda laboral en cuanto al pago del segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” y su multa de las gestiones 2014 y 2015, disponiendo que el Juzgado de origen, en la planilla de liquidación final reste tal concepto, manteniéndose en todo lo demás, firme y subsistente el Auto de Vista recurrido.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo N° 718
- Sucre, 1 de diciembre de 2021
- Expediente :
- Demandante :
- Demandado :
- Proceso :
- Departamento :
- Magistrado Relator :
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA
- Auto de vista.
- CONFIRMÓ,
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN.
- Recurso de casación en el fondo.
- 1.- Vulneración de los arts. 115 y 117 de la Constitución Política del Estado por transgresión al debido proceso.
- 2.- Error de hecho y derecho en la apreciación de pruebas e inobservancia de la primacía de la realidad y verdad material, en errónea aplicación del art. 3 del Código Procesal del Trabajo y art. 2 y 3 del DS N° 28699.
- 3.- Violación e inobservancia a la Resolución Ministerial N° 839/14 y 1031/15 emitidas por el Ministerio del Trabajo a momento de disponer el incorrecto pago del segundo aguinaldo Esfuerzo por Bolivia.
- Recurso de casación en la forma.
- 1.- Omisión de pronunciamiento sobre la denuncia de falta de motivación en la Sentencia.
- 2.- Vulneración al art. 115 y 117 de la Constitución Política del Estado por vulneración al derecho a la defensa al existir falta de claridad en el empleador y la falta de subsanación mediante saneamiento procesal.
- 3.- Inobservancia del art. 17 de la Ley del Órgano Judicial en relación al art. 149 del Código Procesal del Trabajo por falta de saneamiento procesal e ilegal admisión de pruebas en término probatorio vencido.
- 4.- El Auto de Vista vulneró el derecho al debido proceso en su vertiente de deber de fundamentación y motivación de la resolución e incorrecta valoración de la prueba.
- Petitorio.
- CASANDO
- Contestación:
- Por Auto de 27 de agosto de 2021 de fs. 899, la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, admitió el recurso de casación, que se pasa a resolver, de la siguiente manera:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Doctrina aplicable al caso:
- Resolución del caso concreto:
- POR TANTO:
- IMPROBADA
- INFUNDADOS
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
