Auto Supremo AS/0718/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0718/2021

Fecha: 01-Dic-2021

3.- Violación e inobservancia a la Resolución Ministerial N° 839/14 y 1031/15 emitidas por el Ministerio del Trabajo a momento de disponer el incorrecto pago del segundo aguinaldo Esfuerzo por Bolivia.

Afirmó que, en el supuesto caso de que hubiera existido una relación laboral, considerando que el demandante prestaba servicios como Gerente de Desarrollo Comercial con un honorario elevado y privilegiado acorde al cargo de Consultor y que la Sentencia y el Auto de Vista recurrido, determinaron como remuneración la suma de USD 5.769,23 equivalente a Bs.40.153, cargo y supuesta remuneración acordes a un personal de dirección y confianza, a quienes no aplica el pago del segundo aguinaldo Esfuerzo por Bolivia, puesto que de acuerdo a reglamentaciones de éste pago, no es obligatorio para el personal de la Empresa o institución privada que ocupe cargos de direcciones, subdirecciones, ejecutivos, gerentes o de cargos de igual jerarquía.

Aspecto que fue oportunamente reclamado en el recurso de apelación y que no mereció consideración en el Auto de Vista recurrido, vulnerando el debido proceso en su vertiente de congruencia, fundamentación y motivación.