sino que esta contempla esencialmente aquellos casos en los que, por ejemplo un cónyuge transfiere un bien inmueble sin el consentimiento de su cónyuge,
El Auto Supremo N° 275/2014 de 2 de junio que en su parte referente a la falsificación de documentos y sus efectos jurídicos, estableció: “Si bien el art. 554 inc. 1) del Código Civil establece la causal de anulabilidad por falta de consentimiento, se debe puntualizar que esta causal no contempla dentro sus previsiones aquellas causales que derivan de una ilicitud sancionada incluso penalmente, sino que esta contempla esencialmente aquellos casos en los que, por ejemplo un cónyuge transfiere un bien inmueble sin el consentimiento de su cónyuge, cuando este bien inmueble resulta ser un bien ganancial, sin encontrar en este acto de disposición un ilícito sino simplemente, una ausencia de consentimiento del cónyuge quien resultaría el legitimado para validar esa transferencia, o; en el caso de que se le confiera poder a una persona para hipotecar un bien inmueble, y este mandatario va más allá de lo dispuesto en su mandato y transfiere el bien inmueble, acto que, per se, no constituiría un ilícito, sino que solo implicaría la ausencia de consentimiento del legitimado para disponer la venta del bien inmueble”.
- VISTOS:
- Fragmento 2
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 3.
- -
- III.1. Sobre la necesaria existencia de gravamen o perjuicio que genera la resolución contra los intereses del litigante como requisito subjetivo del recurso de casación.
- la recurribilidad de las resoluciones judiciales está en función del agravio que cause la resolución y sea perjudicial a los intereses del justiciable
- La cuestión de saber quién puede interponer un recurso, constituye un aspecto de la legitimación procesal
- subjetivo de admisibilidad de todo recurso el interés de quien lo interpone. El interés se halla determinado por el perjuicio o gravamen que la resolución ocasiona al recurrente y consiste, en términos generales, en la disconformidad entre lo peticionado y lo decidido
- sino que esta contempla esencialmente aquellos casos en los que, por ejemplo un cónyuge transfiere un bien inmueble sin el consentimiento de su cónyuge,
- III.3. De la valoración de la prueba.
- III.4. De la valoración de la prueba testifical.
- 2.
- POR TANTO:
