Auto Supremo AS/0091/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0091/2021

Fecha: 02-Feb-2021

6.

6.Refirieron que anteriormente el demandante con la intención de apropiase del bien inmueble objeto de la litis, ya tramitó proceso de  usucapión decenal contra personas desconocidas, que fue declarado probado, sin embargo ante el apersonamiento de las ahora recurrentes se logró la nulidad de obrados hasta la admisión de la demanda para que la acción sea correctamente interpuesta contra los verdaderos sujetos pasivos; por lo tanto, la Resolución de 29 de abril de 2013 que declaró la nulidad del anterior proceso interrumpe la supuesta continuidad de la posesión.