ii.
ii. Con relación a que en la Sentencia no exista fundamentación o que ésta sea insuficiente y contradictoria (art. 370.5 CPP), el Tribunal de alzada señala: Sobre la falta de declaración de la supuesta víctima, quien nunca se hizo presente a las audiencias de juicio oral y dejó de intervenir en el proceso sin ningún motivo justificado, el Tribunal establece que la inconcurrencia de la víctima de ningún modo invalida las pruebas de cargo presentadas por el Ministerio Público, las que fueron insertas y judicializadas por su lectura conforme las facultades previstas en el art. 333 del CPP, por ser obligación del Ministerio Público accionar y proseguir los procesos penales de acción pública a instancia de partes, como ocurre en el presente caso; por lo que, la no participación de la víctima en el juicio oral no significa que el Ministerio Público no pueda participar ni finalizar el mismo, por existir una sindicación directa de la víctima hacia los acusados. Aclara que el Tribunal inferior fundamenta y respalda de forma correcta su razonamiento, ejerciendo las reglas de la sana crítica a tiempo de valorar las pruebas de cargo y descargo y aplicando los arts. 124 y 173 del CPP, siendo su motivación convincente y la producción probatoria de cargo suficiente para generar certeza de culpabilidad contra el acusado Eddy Mauricio Chávez Guzmán y a la vez absolver al coimputado Rolly Antonio Morales Justiniano.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 048/2021-RRC
- Sucre, 04 de marzo de 2021
- Expediente :
- Parte Acusadora : Ministerio Público y Yoselin Paola Meras Alemán
- Parte Imputada :
- Delito :
- Magistrada Relatora :
- RESULTANDO
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO.
- a) Sentencia.
- b) Auto de Vista.
- Auto de Vista 186 de 12 de julio de 2018
- II. IDENTIFICACIÓN DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
- II.1. Petitorio.
- II.2. Admisión del Recurso.
- III. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO.
- III.1. De la Sentencia.
- III.2. Del recurso de apelación restringida de los imputados.
- 1.
- 2.
- III.3. Del Auto Supremo 102/2018-RRC de 2 de marzo.
- fundado
- III.4. Del Auto de Vista impugnado.
- i.
- ii.
- iii.
- 3.
- 4.
- IV. FUNDAMENTOS LEGALES, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES RELACIONADOS A LOS MOTIVOS CASACIONALES.
- IV.1. Sobre el principio in dubio pro reo.
- IV.2. Sobre la sana crítica.
- V. ANÁLISIS LEGAL DEL CASO CONCRETO.
- 5.
- 6.
- POR TANTO
- INFUNDADO
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
- FDO.
- Magistrada Relatora María Cristina Díaz Sosa
- Magistrado Dr. Edwin Aguayo Arando
- Secretario de Sala M.Sc. Rommel Palacios Guereca
