4.
4. Reclamó que el Tribunal de alzada fundamentó su resolución con la transcripción de Autos Supremos referentes al incumplimiento del contrato, y que por ello, omitió pronunciarse sobre los agravios del recurso de apelación, en particular, sobre el reclamo vinculado a la incorrecta valoración de las pruebas documentales y testificales, las cuales, a decir del recurrente, son claras en establecer que sobre los terrenos pretendidos, no existe impedimento alguno para que el actor regularice su derecho de propiedad, por cuanto, el testigo Bladimir Fernández R. es claro al manifestar que el GAMSC aprobó la línea de verja y la construcción de su inmueble; y que la documental de fs. 185 a 186 demuestra que el sector donde se ubican los terrenos no se encuentra demarcado como área de uso público.
- VISTOS:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 4.
- 5.
- 6.
- III.1. El debido proceso en sus vertientes congruencia y una debida fundamentación y motivación de las resoluciones.
- Fragmento 9
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- el juez o tribunal ad quem, no puede omitir pronunciarse sobre los puntos apelados como tampoco ir más allá de lo pedido, salvo en los casos en que los vicios de nulidad constituyan lesiones a derechos y garantías constitucionales como cuando la nulidad esté expresamente prevista por ley
- POR TANTO:
