VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación de fs. 181 a 191 vta., interpuesto por José Luis Murillo Torrejón, contra el Auto de Vista N° 90/2020 de 11 de diciembre de fs. 174 a 178, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, en el proceso de cumplimiento de obligación seguido a instancia de Hernando Pascual Tarqui Tapia contra el recurrente, la respuesta al recurso de fs. 196 a 202 vta., el Auto interlocutorio de concesión del recurso de 25 de enero de 2021 a fs. 204; el Auto Supremo de Admisión Nº 124/2021-RA de 17 de febrero de fs. 209 a 210 vta., todo lo inherente al proceso; y:
- VISTOS:
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- III.1. De la motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales.
- III.2. Del principio de congruencia.
- la Resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y la expresión de agravios,
- III.3. De la interpretación de los contratos.
- deberá entenderse el más adecuado, que produzca efecto conforme a la materia y naturaleza del contrato.
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