VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 632 a 639, interpuesto por David Aramayo Carballo, impugnando el Auto de Vista Nº SCCI - 47/2021 de 11 de febrero de fs. 626 a 630, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de mejor derecho propietario, reivindicación y entrega del bien seguido por Juan Herrera Santos y Anastacia Arrueta Cáceres de Herrera contra el recurrente; la respuesta al recurso de fs. 642 a 646 vta.; el Auto de concesión de 12 de marzo de 2021, cursante a fs. 647; el Auto Supremo de Admisión Nº 231/2021 de 15 de marzo de fs. 651 a 653 ; todo lo inherente; y:
- VISTOS:
- 1.
- 2.
- 3.
- 4.
- De la respuesta al Recurso de Casación.
- III.1. Respecto al mejor derecho propietario:
- III.2. Respecto a la acción reivindicatoria.
- III.3. Respecto al entendimiento de verdad material
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- sobre la superficie de 1820 m2
- la superficie de
- sobre la superficie de un lote de 840 m2
- de 1820 m2 a 1333,15 m2, aclarada y ratificada en el certificado treintañal cursante a fs. 11 y vta de obrados, que establece:
- POR TANTO:
