Auto Supremo AS/0533/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0533/2021

Fecha: 14-Jun-2021

En lo que concierne a la acusación descrita el punto 1, donde se acusó que el Tribunal de alzada incumplió el art. 265 del Código Procesal Civil, toda vez que no respondió a todas las acusaciones descritas.

A fin de dar respuesta a este reclamo, corresponde verificar lo desarrollado en el recurso de apelación, donde se observa que es evidente que los demandados plantearon nueve reclamos, sin embargo, el Tribunal de alzada, en el Auto de Vista cuestionado extrajo todos estos, conforme se puede evidenciar del apartado III.2.2; de igual forma se evidencia que estos sí fueron considerados y objeto de análisis por el Tribunal de alzada, toda vez que, en el Considerando III. punto 3.2 del Auto de Vista, si bien las respuestas están englobadas en tres grupos (3.2.2, 3.2.3 y 3.2.3), no menos cierto es que el Ad quem a fin de evitar reiteraciones innecesarias y en estricta aplicación del principio de concentración, otorgó una respuesta conjunta a siete de los nueve reclamos, aspecto que fue aclarado en la resolución, ya que el Tribunal de alzada señaló que la respuesta otorgada en dicho apartado es sobre los puntos 2.2.2, 2.2.3 y 2.2.5 a 2.2.9.

En ese entendido realizada la contrastación del recurso de apelación con relación al Auto de Vista cuestionado, se infiere que el Tribunal de segunda instancia, otorgó respuesta a todos los reclamos planteados; aspecto que no implica que, este Tribunal comparta el criterio asumido por dicho Tribunal, pues al ser el presente un reclamo de forma, que ataca la estructura formal de la resolución, este Tribunal únicamente se ve compelido de verificar si lo acusado respecto a la incongruencia es o no evidente.