Auto Supremo AS/0817/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0817/2021

Fecha: 15-Sep-2021

2.

2. Bajo esos antecedentes, y tramitada que fue la causa, el Juez Público Civil y Comercial 30° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra emitió la Sentencia Nº 98/2020 de 11 de noviembre de fs. 396 vta a 402 vta., declarando PROBADA la demanda de mejor derecho propietario en favor de los demandantes.

Resolución que, puesta en conocimiento de las partes procesales, dio lugar a que el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, representado legalmente por Angélica Sosa de Perovic, por memorial cursante de fs. 406 a 409 vta., interponga recurso de apelación.

2. Denunció que en el presente caso en el hipotético de que el Juez A quo haya valorado defectuosamente la prueba producida en el proceso como los títulos de propiedad de las partes erróneamente considerado por el de alzada, jamás debió anular la sentencia, sino deliberar en el fondo de la causa en función de los argumentos planteados en el recurso de apelación, así como los principios de pertinencia y congruencia, por lo que la omisión del Tribunal de Segunda instancia constituye en violación al debido proceso, a la seguridad jurídica pronta y oportuna.