Auto Supremo AS/0016/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0016/2022

Fecha: 22-Feb-2022

los hechos que deben ser materia de prueba

En ese margen, el fin de la actividad probatoria es el esclarecimiento de los hechos y actos jurídicos debatidos, podemos tener a éstos como el objeto de la prueba precisamente; que se les identifica normalmente con los términos thema decidendum o más concretamente, thema probandum, que comprende en general los hechos que deben ser materia de prueba; pues, no son todos los hechos relatados en el cuadro fáctico expuesto, los que deben ser probados; sino, únicamente los que son controvertidos entre las partes; esta limitación abarca, a su vez, la determinación asumida por el Juez de la causa, que en concordancia con la pretensión y la defensa asumida en la contestación (o según en caso en rebeldía), establece la traba, mediante un Auto de relación procesal, donde se pone a conocimiento de las partes los hechos a probarse o desacreditarse; como objeto de la actividad probatoria dentro del trámite del proceso, que formaran parte importante en la discusión o el litigio; únicos presupuestos que deben ser relacionados durante el transcurso del proceso, así como, son los únicos hechos o aspectos que deben formar parte de las resoluciones a emitirse en la concesión o negación de derechos.