Auto Supremo AS/0098/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0098/2022

Fecha: 22-Feb-2022

3.

3. Indicó que en el recurso de apelación se denunció falta de valoración de la pruebas consistente en los estados financieros y balances, así como la literal anexa a los mismos, las planillas de pago, entre otras que acreditan el cumplimiento de todos los pagos de beneficios sociales de la demandante; sin embargo, respecto de los agravios 5, 6, 7 y 8 se limitó a determinar que el Juez emitió la Sentencia acorde a la normativa vigente y a reiterar en merito a la imprescriptibilidad del derecho a la indemnización, fundamentado en el Decreto Supremo (DS) Nº 110 de 1 de mayo de 2009, sin considerar que por imperio del art. 123 de la CPE, la Ley no es retroactiva y rige para lo venidero; en el caso al 2007, el DS Nº 110 no estaba vigente por consiguiente no corresponde su aplicación desde el periodo de 1987 al 2015, estando prescritos los derechos de esa gestión tomando en cuenta que por confesión provocada de la demandante se le canceló todo sus beneficios sociales como también vacaciones y sueldos.