Auto Supremo AS/0098/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0098/2022

Fecha: 22-Feb-2022

ERRORES IN IUDICANDO

Alegó error de hecho, e indicó que el a quo a tiempo de dictar Sentencia, no valoró todos los elementos de prueba en base al principio de comunidad de la prueba, realidad y verdad material, extremo reclamado en el acápite de falta de valoración de la prueba y errónea valoración de la prueba, porque al momento de resolver no observo los arts. 150, 159 del CPT, 4 del DS Nº 28699 y 180-I de la CPE.

En ese marco legal descrito, se tiene que la A-quo incurrió en error de hecho, pues si hubiese otorgado el valor probatorio correspondiente a todas las literales introducidas en el proceso, hubiese arribado a la conclusión que no corresponde el pago de tiempo de servicios, aguinaldo, vacación y bono antigüedad.