Sobre la supuesta inexistencia de retraso en la ejecución de la obra
El recurrente refiere que el Tribunal de primera instancia no valoró que la obra fue ejecutada en su totalidad hasta el 25 de septiembre de 2015, por lo que no habría existido retraso, pues se habría procedido a la entrega provisional y definitiva dentro del plazo; dicha falta, conllevaría a una incorrecta valoración del contrato y las normas que rigen los contratos administrativos; al respecto es necesario indicar que, reiteran que la entrega provisional y definitiva de la obra, ya fue definida en un proceso contencioso anterior interpuesto por la Empresa que ostenta a la fecha, con calidad de cosa juzgada, en la que se definió que no se procedió a la entrega provisional y definitiva de la obra, más aún tomando en cuenta lo expuesto en el anterior punto, respecto de la eficacia legal de la intención y efectivización de la Resolución del Contrato, que son la muestra clara de la existencia de retraso en la ejecución de la obra; por consiguiente, este punto tampoco evidencia la incorrecta valoración del contrato y demás normas reguladoras de los contratos administrativos.
- Fragmento 1
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 114
- Sucre, 22 de febrero de 2022
- Expediente :
- Demandante :
- Demandado
- Proceso :
- Departamento :
- Magistrado Relator :
- VISTOS
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Sentencia
- PROBADA
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- Errada valoración de los hechos y medios de prueba presentados por las partes
- 1.
- Errada determinación de la procedencia de multa sin sustento fáctico y/o legal
- El Tribunal a quo no ha valorado la inexistencia de retraso en la ejecución de la obra
- Inobservancia en aplicación de razonamiento de casos análogos y jurisprudencia aplicable al caso, vulnerando el principio de seguridad jurídica
- En cuanto a la ilegal conciliación unilateral
- Petitorio
- Contestación del recurso
- Sobre la errónea valoración de medios de prueba
- Sobre la supuesta determinación errada de procedencia de la multa, sin sustento fáctico y/o legal
- Sobre la supuesta inexistencia de retraso en la ejecución de la obra
- Sobre la inobservancia en la aplicación de casos análogos y jurisprudencia aplicable al caso
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS LEGALES Y DOCTRINALES APLICABLES RESOLUCIÓN DEL CASO CONCRETO
- IV. RESOLUCIÓN DEL CASO CONCRETO
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cú
