Auto Supremo AS/0078/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2022-RA

Fecha: 15-Mar-2022

quinto motivo

En relación al quinto motivo, refiere que la Sentencia no responde ni es congruente a los términos de la acusación particular, toda vez que la denunciante hubiera expresado “cuando mi persona juntamente a algunos de mis hijos nos ausentamos al chapare a cosechar fruta es cuando esta persona de forma violenta y en presencia de algunos de mis hijos que se quedaron a cuidar el terreno”… (sic), afirmación y descripción de los hechos conforme a lo establecido al art. 342 del CPP, son la base fáctica del juicio, asimismo la sentencia refiere “Un intento de despojo” y la ausencia del hijo al momento del ingreso al terreno, a que éste se encontraba en su fuente laboral, lo que conllevaría incongruencia entre la acusación particular y la sentencia, incurriendo ésta en el defecto absoluto establecido por el art. 370 núm. 11 del CPP, situación que fue reclamada en apelación restringida y que el Auto de Vista no consideró ni se pronunció con la debida fundamentación o motivación e incurriendo en el defecto absoluto insubsanable determinado por el art. 169 núm. 3 del CPP, lo cual vulneraría el derecho al debido proceso y el derecho a la defensa los cuales se encuentran establecidos en el arts. 115 II. y 180 I. de la CPE.