III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO.
Reconocida la competencia de esta Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa, del Tribunal Supremo de Justicia, en previsión de los arts. 775 a 777 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975) y lo dispuesto por la Ley Nº 620 art. 5-I-1; tomando en cuenta que el recurso de casación es un procedimiento de puro derecho, dirigido a verificar la correcta aplicación de la Ley en los actos y resoluciones de primera instancia, corresponde ingresar a la resolución de la causa.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
- AUTO SUPREMO N° 130-1
- Sucre, 2 de marzo de 2022
- Expediente
- Proceso:
- Demandante
- Demandado
- Distrito:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO.
- Sentencia.
- PROBADA
- II.- FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN.
- Recurso de casación en la forma de la Caja Nacional de Salud Regional Oruro.
- Recurso de casación en el fondo.
- Fragmento 18
- Petitorio.
- Contestación al recurso de casación.
- En relación al recurso en la forma.
- Primero
- Segundo,
- Recurso de casación de Juan Carlos Calderón Cardozo.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO.
- Recurso de casación de la Caja Nacional de Salud Regional Oruro.
- En la forma:
- En el fondo.
- Recurso de casación del actor Juan Carlos Calderón Cardozo.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
