Primero
En este marco; Primero, será necesario que se establezca qué “prestación”, según el diccionario de la RAE importa no otra definición que: “Cosa o servicio exigido por una autoridad o convenido en un pacto”, de manera que, la realización de obras civiles, bien pueden ser contratadas a través de esta modalidad, y por ello precisamente, la distinción entre órdenes de compra u órdenes de servicio.
Primero, acusó que si bien la orden de compra y orden de servicio, es una solicitud escrita que formaliza un proceso de contratación, que será aplicable, sólo en caso de adquisición de bienes o servicios generales de entrega o prestación, en un plazo no mayor a 15 días calendarios y que al tratarse de readecuación de ambientes de la Entidad, son sujetos a verificación y lo pertinente para este tipo de obra es elaborar un contrato, en el que se tendría que establecer derechos, obligaciones, multas y garantías, conforme al DS N° 181 de 28 de junio de 2009.
Sobre el particular, este punto fue resuelto en la fundamentación realizada sobre el recurso de casación en la forma; en el entendido, que el recurrente no puede invocar la lesión de sus derechos por su propio error o negligencia, al no haber elaborado contrato como Entidad contratante, siendo ello entera responsabilidad de la entidad; que, además de ninguna manera enerva o desvirtúa el resultado de la ejecución del trabajo encomendado al demandante; por lo que, no merece mayor tratamiento al respecto, porque no se evidencia vulneración a ninguna norma del DS N° 181.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
- AUTO SUPREMO N° 130-1
- Sucre, 2 de marzo de 2022
- Expediente
- Proceso:
- Demandante
- Demandado
- Distrito:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO.
- Sentencia.
- PROBADA
- II.- FUNDAMENTOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN.
- Recurso de casación en la forma de la Caja Nacional de Salud Regional Oruro.
- Recurso de casación en el fondo.
- Fragmento 18
- Petitorio.
- Contestación al recurso de casación.
- En relación al recurso en la forma.
- Primero
- Segundo,
- Recurso de casación de Juan Carlos Calderón Cardozo.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO.
- Recurso de casación de la Caja Nacional de Salud Regional Oruro.
- En la forma:
- En el fondo.
- Recurso de casación del actor Juan Carlos Calderón Cardozo.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
