Sentencia SE/0025/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Sentencia SE/0025/2014

Fecha: 27-Mar-2014

De lo anotado precedentemente se colige que solo podrán solicitar la reserva los agentes económicos

De lo anotado precedentemente se colige que solo podrán solicitar la reserva los agentes económicos objeto de investigación. En el procedimiento administrativo motivo del presente proceso, resultando ser la CBN el único legitimado para invocar solicitud de reserva y confidencialidad. En ese sentido, también la línea jurisprudencial generada por el Tribunal Constitucional, que tiene carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y éste Tribunal de Justicia que ejerce control de legalidad, nos indican que existe acto administrativo anulable, por ser ilegal la declaración de reserva y confidencialidad de documentos, resuelto por Resolución Administrativa AEMP/DTDCDN/Nº 048/2011 de 6 de septiembre, lo cual no ha permitido asumir defensa plena del administrado, lesionando el interés público, por consiguiente la Resolución de Recurso Jerárquico R.J. MDP y EP Nº 008/2012 de 15 de mayo, no fue emitida en cumplimiento de la normativa legal vigente, habiéndose encontrado infracción y aplicación inadecuada de la norma legal administrativa, tanto en la fase administrativa como recursiva, actos administrativos sobre los que la autoridad jurisdiccional ejerce el control de legalidad, oportunidad, conveniencia o inconveniencia de los actos realizados en sede administrativa