Sentencia Rol 15 - 18
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 15 - 18

Fecha: 31-Mar-2020

0000378 TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO 4 Admisión a trámite, admisibilidad y observaciones de fondo al requerimiento El requerimiento se acogió a trámite a través de resolución de la Primera Sala de este Tribunal Constitucional, de fecha 6 de noviembre de 2019, a fojas 62

0000378 TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO 4 Admisión a trámite, admisibilidad y observaciones de fondo al requerimiento El requerimiento se acogió a trámite a través de resolución de la Primera Sala de este Tribunal Constitucional, de fecha 6 de noviembre de 2019, a fojas 62. Posteriormente, fue declarado admisible el día 27 de noviembre del mismo año, resolución rolante a fojas 68. Conferidos los traslados sobre el fondo a los órganos constitucionales interesados, así como a las partes de la gestión pendiente, Alejandro Cabrera Becerra evacuó traslado abogando por el rechazo de libelo. Para ello sostiene que en la especie no existe imposibilidad para el requirente en relación a la posibilidad de pagar las cotizaciones previsionales adeudadas, por lo que es su propio actuar el que le ha acarreado consecuencias jurídicas previstas en la ley. Vista de la causa y acuerdo Con fecha 30 de enero de 2020 se verificó la vista de la causa, oyéndose la relación pública, sin alegatos de las partes. Fue adoptado acuerdo en igual fecha, conforme certificó el relator de la causa. Y CONSIDERANDO EL CONFLICTO MAGISTRATURA DE CONSTITUCIONALIDAD SOMETIDO ANTE ESTA I.- Conflicto constitucionalmente planteado. PRIMERO.- El requirente Sportlife S.A. presentó una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 162, incisos quinto, sexto y séptimo del Código del Trabajo en relación con la gestión pendiente relativa al procedimiento por demanda de declaración de relación laboral, nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones, sustanciado ante el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago (rol O-2419-2017). Con fecha 01 de diciembre de 2017, la demanda fue acogida en todas sus partes, declarándose la existencia de relación laboral entre las partes desde septiembre de 2006 al 03 de marzo de 2017. Con fecha 26 de septiembre de 2018, la Corte de Apelaciones de Santiago, acogiendo el recurso de nulidad deducido por el demandante, anuló la sentencia en lo relativo a la base de cálculo, procediendo a fijarla mediante sentencia de reemplazo. La causa se encuentra, actualmente, en etapa de cumplimiento, habiéndose practicado la liquidación del crédito el 20 de mayo de 2019. SEGUNDO.- La norma legal cuestionada es el artículo 162 del Código del Trabajo en sus incisos 5°, 6° y 7° del mismo precepto legal enunciado, según lo indica