Sentencia Rol 141 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 141 - 2020

Fecha: 02-Jul-2020

0000172 CIENTO SETENTA Y DOS determinante para la resolución de un asunto judicial, pugnando ello con el artículo 76 de la Constitución, que reserva tal resolución a los tribunales establecidos por la ley y prohíbe en ella la intervención del Presidente de la República y del Congreso Nacional, lo que constituye un motivo adicional de inconstitucionalidad que le afecta y que debe llevar a declarar su inaplicabilidad

0000172 CIENTO SETENTA Y DOS determinante para la resolución de un asunto judicial, pugnando ello con el artículo 76 de la Constitución, que reserva tal resolución a los tribunales establecidos por la ley y prohíbe en ella la intervención del Presidente de la República y del Congreso Nacional, lo que constituye un motivo adicional de inconstitucionalidad que le afecta y que debe llevar a declarar su inaplicabilidad. IV.- CONCLUSIÓN 22°. En mérito de las consideraciones anteriores, y habiéndose argumentado que la aplicación del precepto impugnado no resulta conciliable con precisas exigencias constitucionales, estos Ministros consideran que el requerimiento debió haber sido acogido y por consiguiente, debió declararse inaplicable, por inconstitucional, el artículo 506 del Código del Trabajo. VOTO POR RECHAZAR Los Ministros señores GONZALO GARCÍA PINO, JUAN JOSÉ ROMERO GUZMÁN, y NELSON POZO SILVA, la Ministra señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, y el Ministro señor RODRIGO PICA FLORES, estuvieron por rechazar el requerimiento, por las siguientes razones: 1°. La gestión pendiente es un procedimiento de reclamación de multa en procedimiento monitorio, sustanciado ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en actual tramitación ante la Corte de Apelaciones de esa ciudad, por recurso de nulidad. Por resolución de multa 1766/19/49-1, de 28.11.19, la Inspección Provincial del Trabajo de Antofagasta aplicó una multa de 60 UTM a la requirente por pagar con retraso las remuneraciones de 10 de sus trabajadores y, respecto de algunos de ellos, en forma parcializada, en el mes de octubre de 2019. Ello, en virtud del artículo 55, inciso primero, en relación con los artículos 44, inciso segundo, 7º y 506, todos del Código del Trabajo. La requirente reclamó de la multa ante los tribunales laborales y solicitó que fuera dejada sin efecto, por una parte, porque el artículo 506 del Código del Trabajo es ilegal e inconstitucional y, por otra, porque el atraso en el pago de las remuneraciones fue, si se descuentan los días feriados, de solo 3 días (6 y 7 de noviembre), y solo en un caso se pagó en forma parcializada, y ello se debió a la situación vivida en el país tras el estallido social del mes de octubre de 2019, y, en subsidio, pidió que se rebajara la multa, en atención a las circunstancias de la requirente. 16