Sentencia Rol 141 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 141 - 2020

Fecha: 02-Jul-2020

0000173 CIENTO SETENTA Y TRES El tribunal laboral desechó la reclamación y sostuvo que la infracción imputada a la requirente era especialmente grave, puesto que el pago de las remuneraciones constituye una de las principales, si no la principal obligación bilateral del contrato de trabajo que tiene el empleador sin la cual el contrato de trabajo no existe, y que además tiene protección constitucional en el artículo 19 Nº 16 de la Constitución, al hacer referencia a la “justa retribución”

0000173 CIENTO SETENTA Y TRES El tribunal laboral desechó la reclamación y sostuvo que la infracción imputada a la requirente era especialmente grave, puesto que el pago de las remuneraciones constituye una de las principales, si no la principal obligación bilateral del contrato de trabajo que tiene el empleador sin la cual el contrato de trabajo no existe, y que además tiene protección constitucional en el artículo 19 Nº 16 de la Constitución, al hacer referencia a la “justa retribución”. Contra la sentencia definitiva, la requirente dedujo recurso de nulidad, fundado en que la sentencia definitiva se dictó con infracción sustancial de los derechos y garantías de los Nos. 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución, pues el artículo 506 del Código del Trabajo es ilegal e inconstitucional. 2°. El requirente alega que la aplicación del precepto impugnado vulnera el principio de legalidad de las sanciones, consagrado en el inciso octavo del Nº 3 del artículo 19 de la Constitución, ya que aquel no contiene criterios objetivos para determinar con base real y cierta tanto la infracción como la multa impuesta, desde que no define el tipo de infracción, ni los casos en que ha de aplicarse el máximo de multa, así como tampoco da reglas para el cálculo de la multa. Y, en segundo lugar, sostiene que infringe el principio de proporcionalidad de las sanciones, establecido en el artículo 19, numerales 2º y 3º, de la Carta Fundamental, toda vez que el precepto legal no gradúa la sanción de acuerdo a la gravedad de la infracción, con lo cual no existe relación de equilibrio entre el castigo impuesto y la conducta imputada, además de que no distingue ni clasifica las sanciones y no considera la situación particular de la empresa. II.- Disposición impugnada 3°. El requirente ha impugnado el artículo 506 del Código del Trabajo que dispone lo siguiente: “Artículo 506 Código del Trabajo. Las infracciones a este Código y sus leyes complementarias, que no tengan señalada una sanción especial, serán sancionadas de conformidad a lo dispuesto en los incisos siguientes, según la gravedad de la infracción. Para la micro empresa y la pequeña empresa, la sanción ascenderá de 1 a 10 unidades tributarias mensuales. Tratándose de medianas empresas, la sanción ascenderá de 2 a 40 unidades tributarias mensuales. Tratándose de grandes empresas, la sanción ascenderá de 3 a 60 unidades tributarias mensuales. En el caso de las multas especiales que establece este Código, su rango se podrá duplicar y triplicar, según corresponda, si se dan las condiciones establecidas en los 17