1. Competencia
En virtud de lo previsto en artículo 241.4 de la Constitución Política, la Corte Constitucional es competente para conocer y pronunciarse de forma definitiva sobre la constitucionalidad de la norma demandada, ya que se trata de una disposición contenida en una ley de la República.[96]
- Encabezado
- Sentencia
- I. ANTECEDENTES 4
- II. CONSIDERACIONES 51
- 1. Trámite de admisión
- 2. La norma demandada
- 3. Cargos admitidos
- 4. Pruebas recaudadas
- 5. Intervenciones oficiales
- 6. Intervenciones ciudadanas
- 7. Concepto de expertos invitados
- 8. Compendio de los argumentos centrales propuestos en las intervenciones
- 9. Audiencia Pública
- 10. Concepto de la Procuradora General de la Nación[94]
- 1. Competencia
- 2. Cuestiones previas
- 3. Presentación del caso, problema jurídico y metodología de la decisión
- 5. Efectos de la sentencia
- III. DECISIÓN
- RESUELVE
- Salvamento de Voto
